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Calculadora de vencimiento de visa y I-94 — días que te quedan y riesgo de overstay

Ingresa la fecha de tu I-94 y calcula en segundos cuántos días te quedan, si ya estás en overstay y qué consecuencias legales aplican.

✓ Basado en fecha I-94 ✓ Detecta barra 3 y 10 años ✓ Datos CBP / USCIS ✓ Sin guardar datos personales
⚠️
Importante — Visa Integrity Fee (2025): Desde 2025 el gobierno federal cobra $250 al emitir visas de no inmigrante. Si te quedas más de 5 días en overstay, pierdes ese reembolso permanentemente. Además, las barras de reentrada se activan al salir de USA tras el overstay. Consulta siempre un abogado de inmigración antes de tomar decisiones. Fuente: travel.state.gov.
Calculadora de vencimiento I-94 y overstay
Usa la fecha de tu I-94, no la fecha de tu visa — son fechas distintas
Fuente: CBP I-94 Portal oficial · travel.state.gov · INA §212(a)(9)(B) ✓ Fuentes .gov verificadas ✓ Actualizado Apr 2026
Paso 1 — Datos de tu I-94
🔎 Encuentra esta fecha en i94.cbp.dhs.gov — es tu fecha oficial de salida, no la fecha de tu visa. Si dice D/S (Duration of Status) selecciona la opción abajo.
F-1 (estudiante) y J-1 (intercambio) suelen tener D/S en lugar de fecha.
Paso 2 — Tu situación actual
Los menores NO acumulan presencia ilegal (INA 212(a)(9)(B)(iii)).
Si presentaste el I-539 a tiempo, no acumulas presencia ilegal mientras USCIS decide.
Días restantes
0
Tiempo de estadia autorizada consumido
Fecha límite I-94
Fecha de cálculo
Días en overstay acumulados
Umbral barra 3 años (180 días)
Umbral barra 10 años (365 días)
Tipo de visa
Excepciones aplicables
Consecuencias legales de tu situación
⚠️ Esta calculadora es educativa. Las fechas del I-94 son determinadas por CBP en cada entrada — siempre verifica en i94.cbp.dhs.gov. Ante cualquier situación de overstay consulta un abogado de inmigración certificado antes de salir de USA. Fuentes: travel.state.gov · USCIS I-539. CalculoHispano.com no es un bufete de abogados y no recibe comisiones de ninguna firma de inmigración.

Guía esencial

Visa vs. I-94: el error que convierte a personas en overstay sin saberlo

La fecha de tu visa NO es la fecha en que debes salir

Este es el malentendido más común y más peligroso en inmigración. Puedes tener una visa B-2 de turismo válida por 10 años y aun así estar obligado a salir de USA en 6 meses. La visa es solo el documento que te permite llegar al puerto de entrada y pedir permiso. El oficial de CBP decide en el momento cuánto tiempo puedes quedarte y lo registra en el Formulario I-94 (Arrival/Departure Record). Esa fecha del I-94 es la ley.

Cómo consultar tu I-94 oficial

Desde 2013, el I-94 es electrónico para entradas por aire y mar. Para consultarlo, visita i94.cbp.dhs.gov con tu nombre, fecha de nacimiento, país de ciudadanía y número de pasaporte. El sistema te mostrará tu fecha exacta de "Admit Until" y tu historial de entradas y salidas. Si entraste por tierra, es posible que tengas un I-94 en papel dentro de tu pasaporte. Verifica siempre tu I-94 después de cada entrada a USA.

Las barras de reentrada se activan al salir, no al vencer el I-94

Un error crítico: muchas personas que llevan más de 180 días en overstay piensan que salir voluntariamente es la solución. Pero al salir es exactamente cuando se activa la barra de 3 o 10 años. Mientras sigues en USA, la barra no está "activada" aunque sí estés acumulando presencia ilegal. Por eso es indispensable consultar un abogado antes de tomar cualquier decisión de salir si ya tienes más de 180 días en overstay.

Qué hacer si tu I-94 está próximo a vencer

Si necesitas más tiempo en USA, presenta el Formulario I-539 ante USCIS antes de que venza tu I-94, no el día que vence sino con al menos 45 días de anticipación. Si presentas el I-539 a tiempo y USCIS tarda más de lo esperado en decidir, puedes quedarte legalmente mientras esperas sin acumular presencia ilegal. Las visas ESTA y VWP (visa waiver) de 90 días NO permiten extensión bajo ningún concepto.

Referencia legal INA

Consecuencias del overstay según los días de presencia ilegal

Días en overstayBarra de reentradaVisaFuturas visasAjuste de estatus
1 — 179 díasSin barra automáticaCanceladaDificultadAfectado
180 — 364 días3 años (al salir)CanceladaMuy difícilBloqueado
365 días o más10 años (al salir)CanceladaMuy difícilBloqueado
Reentrada ilegal tras barraPermanenteCanceladaNegadaBloqueado
Fuente: travel.state.gov — Visa Expiration Date · INA §212(a)(9)(B) · uscis.gov. Excepciones aplican para menores, solicitantes de asilo, víctimas VAWA y otros. Consulta un abogado.

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Preguntas frecuentes

Visa y I-94 — todo resuelto

Son dos fechas completamente distintas. La fecha en tu visa es el último día en que puedes usarla para pedir entrada a USA en un puerto de entrada. La fecha del I-94 (Admit Until Date) es el día que debes salir del país. Lo que importa legalmente es la fecha del I-94 — no la de tu visa. Mucha gente tiene una visa válida por 10 años pero solo puede quedarse 6 meses por viaje según su I-94. Verifica tu I-94 en i94.cbp.dhs.gov.
Si te quedas entre 1 y 179 días extra, tu visa queda cancelada automáticamente aunque no haya barra formal de reentrada. Si te quedas entre 180 y 364 días, al salir de USA quedas bloqueado para regresar por 3 años. Si te quedas 365 días o más, el bloqueo es de 10 años. En todos los casos, tu visa queda anulada y necesitarás solicitar una nueva desde tu país. Verifica en travel.state.gov.
D/S significa Duration of Status (duración de estado). Aparece en el I-94 de estudiantes F-1 y visitantes de intercambio J-1. Significa que puedes quedarte mientras mantengas tu estatus legal. No hay una fecha fija. Si dejas de estudiar o violas las condiciones, empiezas a acumular presencia ilegal desde ese momento. Consulta con el DSO de tu universidad para confirmar tu situación. Verifica en uscis.gov.
Sí, en muchos casos. Debes presentar el Formulario I-539 ante USCIS antes de que venza tu I-94. Si lo presentas a tiempo, puedes quedarte legalmente mientras USCIS decide, sin acumular presencia ilegal. Las visas B-1/B-2 permiten solicitar extensión por hasta 6 meses adicionales. Las visas ESTA y VWP (visa waiver) NO permiten extensión. Presenta la solicitud con al menos 45 días de anticipación. Verifica en uscis.gov/i-539.
No. Según la ley INA sección 212(a)(9)(B)(iii), los menores de 18 años no acumulan presencia ilegal. El tiempo que un menor está en USA sin estatus válido no cuenta para los cálculos de barra de 3 o 10 años. Sin embargo, al cumplir 18 años comienza a acumular presencia ilegal si sigue sin estatus. Esto no significa que los menores no puedan ser deportados. Verifica en uscis.gov.
Son penalizaciones de la ley de inmigración (INA 212(a)(9)(B)) que se activan al salir de USA después de un overstay. Si estuviste entre 180 y 364 días en overstay, quedas bloqueado para volver a USA durante 3 años desde la fecha en que saliste. Si el overstay fue de 365 días o más, el bloqueo es de 10 años. El reloj empieza a correr el día que sales del país, no el día en que venció tu I-94. Verifica en travel.state.gov.
Lo primero es no salir de USA sin consultar un abogado de inmigración, porque al salir activas automáticamente la barra de 3 o 10 años si ya superaste los 180 días. Si llevas menos de 180 días, salir voluntariamente puede ser la mejor opción antes de que la situación empeore. En algunos casos puedes solicitar un waiver si tienes familiares ciudadanos o residentes que sufrirán dificultades extremas. Consulta un abogado antes de actuar. Verifica en uscis.gov.
Sí. Desde 2025, el gobierno federal cobra una Visa Integrity Fee de $250 al emitir visas de no inmigrante. Si cumples todas las condiciones de tu visa y saliste a tiempo o dentro de 5 días de gracia, puedes solicitar el reembolso al vencer la visa. Si te quedas más de 5 días en overstay, pierdes ese reembolso permanentemente, independientemente de otras consecuencias legales. Verifica los detalles en travel.state.gov.

Fuentes oficiales

Dónde verificar tu situación migratoria

⚠️ Aviso legal: Esta calculadora es una herramienta educativa informativa. No constituye asesoramiento legal de inmigración. Las leyes y políticas migratorias pueden cambiar. Ante cualquier situación de overstay o duda sobre tu estatus migratorio, consulta un abogado de inmigración certificado (AILA member). CalculoHispano.com no es un bufete de abogados, no proporciona asesoramiento legal y no vende servicios de inmigración ni recibe comisiones de ninguna firma de abogados. No guardamos ni transmitimos ningún dato personal ingresado en esta calculadora. © 2026 CalculoHispano.com.